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VeriFactu 2027: nuevo calendario, qué cambia y qué debes hacer ya

VeriFactu 2027: nuevo calendario, qué cambia y qué debes hacer ya

VeriFactu se aplaza a octubre de 2028. Conoce el nuevo calendario, quién está obligado y qué pasos dar para adaptar tu facturación sin prisas.

VeriFactu 2027: nuevo calendario, qué cambia y qué debes hacer ya

VeriFactu es el sistema que regula los requisitos técnicos que deben cumplir los programas de facturación utilizados por empresas y autónomos en España, establecido por el Real Decreto 1007/2023. Su objetivo es garantizar la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación, eliminando cualquier posibilidad de manipulación o borrado de datos.

En octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda anunció un cambio relevante en el calendario: la obligación de adaptación a VeriFactu queda aplazada hasta octubre de 2028 para pymes y autónomos, alineándose con la entrada en vigor de la factura electrónica obligatoria. Esto no significa que el proyecto se cancele, sino que el destino permanece intacto y solo cambia el plazo para llegar a él.

En breve:

VeriFactu se aplaza a octubre de 2028 para coincidir con la obligación de factura electrónica para pymes y autónomos. El marco normativo del Real Decreto 1007/2023 sigue vigente y los requisitos técnicos no cambian. Aprovechar este tiempo para adaptar el programa de facturación con calma es la decisión más inteligente que puede tomar cualquier negocio.

💡 Puntos clave
  • VeriFactu no se cancela: solo cambia el calendario, pasando de 2027 a octubre de 2028 para autónomos y pymes.
  • El aplazamiento busca que empresas y autónomos realicen una única transición digital coordinada con la factura electrónica.
  • La regla de los «4 NO» de la AEAT determina si estás obligado a cumplir con VeriFactu.
  • Las sanciones por incumplimiento pueden llegar a 50.000 euros por ejercicio para quien use un programa no adaptado.
  • Usar un programa de facturación actualizado desde ya es la forma más sencilla de llegar al plazo sin sobresaltos.

Qué es VeriFactu y cuándo entra en vigor

El marco normativo que lo sustenta

VeriFactu nace del Real Decreto 1007/2023, que fija las condiciones técnicas que deben reunir los sistemas informáticos de facturación para ser considerados conformes con la normativa española. La norma no regula el contenido de las facturas, sino cómo debe funcionar internamente el programa que las genera: cómo almacena los registros, cómo los protege frente a manipulaciones y cómo permite su verificación posterior por parte de la Agencia Tributaria.

El primer calendario preveía la entrada en vigor en 2025, luego se desplazó a 2026 mediante el Real Decreto 254/2025, y posteriormente el Real Decreto-ley 15/2025, aprobado en diciembre de ese mismo año, lo movió a 2027. Ahora, el Ministerio de Hacienda ha anunciado un nuevo aplazamiento a octubre de 2028, pendiente de publicación formal en el BOE.

VeriFactu cuando entra en vigor: el nuevo calendario

Mientras no se publique la nueva norma, el calendario legalmente vigente sigue siendo el establecido por el Real Decreto-ley 15/2025: 1 de enero de 2027 para las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos y demás obligados. Sin embargo, el anuncio oficial de Hacienda deja claro que ambas fechas se moverán a octubre de 2028.

La razón es estratégica: en esa misma fecha entrará en vigor la factura electrónica obligatoria para empresarios y profesionales que facturen menos de ocho millones de euros al año. Para quienes superen ese umbral, la obligación de emitir facturas electrónicas llegará antes, en octubre de 2027, según la Orden HAC/1028/2026 publicada en el BOE el 5 de octubre de 2026.

La diferencia entre VeriFactu y la factura electrónica

Es un error frecuente confundir ambas obligaciones. VeriFactu regula cómo funciona el programa internamente, asegurando que los registros no pueden manipularse. La factura electrónica obligatoria, derivada de la Ley Crea y Crece, exige emitir y recibir facturas en formato estructurado entre empresas. Son dos normativas distintas, con calendarios distintos, aunque ahora Hacienda busca que converjan en el tiempo para simplificar la transición.

ColectivoCalendario anterior (RDL 15/2025)Nuevo calendario anunciado
Sociedades (Impuesto sobre Sociedades)1 de enero de 2027Octubre de 2028
Autónomos y demás obligados1 de julio de 2027Octubre de 2028
Factura electrónica (más de 8M€)—Octubre de 2027
Factura electrónica (hasta 8M€)—Octubre de 2028

A quién afecta la adaptación a VeriFactu

La regla de los cuatro NO de la AEAT

La Agencia Tributaria ha publicado una guía clara para saber si VeriFactu te afecta. El sistema aplica a quien cumple simultáneamente cuatro condiciones:

  1. No factura exclusivamente a mano;
  2. No está en el Suministro Inmediato de Información (SII);
  3. No tiene domicilio fiscal en el País Vasco o Navarra;
  4. No dispone de una resolución expresa de Hacienda que le exima.
Si alguna de estas condiciones no se cumple, quedas fuera del ámbito de aplicación.

En la práctica, esto significa que la inmensa mayoría de autónomos y pymes que usan cualquier tipo de software para emitir facturas, ya sea un programa específico, un ERP, un TPV o una tienda online, están obligados a cumplir. Incluso las hojas de cálculo con macros que numeran o gestionan registros de facturación entran dentro del alcance de la norma.

Casos que generan más dudas

Uno de los puntos de confusión más habituales es el uso de Word o Excel para escribir facturas. La AEAT aclara que usar estos programas únicamente como procesador de texto para imprimir una factura no los convierte en sistemas de facturación a efectos de VeriFactu. Sin embargo, si Excel incorpora macros que automatizan la numeración o el registro, ya se considera un sistema informático y debe adaptarse.

Otro caso frecuente es el de los autónomos cuyas facturas las gestiona una asesoría. Si la asesoría utiliza un programa de facturación para emitirlas, ese programa debe cumplir con los requisitos. Y en Canarias, donde se aplica el IGIC en lugar del IVA, VeriFactu también es de aplicación, ya que lo relevante es tributar por Sociedades o IRPF con actividad económica, no el tipo de impuesto indirecto.

Las dos modalidades de cumplimiento

El programa de facturación puede cumplir con VeriFactu de dos formas. En la modalidad VERI*FACTU, el sistema envía automáticamente a Hacienda cada registro justo después de emitir la factura, lo que elimina la necesidad de firma electrónica y simplifica la gestión. En la modalidad alternativa NO VERI*FACTU, los registros se conservan en el propio sistema con firma electrónica obligatoria y un registro detallado de eventos, y solo se entregan a Hacienda si lo solicita expresamente.

Qué cambia en tu programa de facturación

Los requisitos técnicos que exige VeriFactu

VeriFactu no modifica los datos que debes incluir en tus facturas. Lo que cambia es cómo el programa gestiona esos datos internamente. Cada factura emitida debe generar un registro de facturación que no puede borrarse ni modificarse sin dejar rastro. Cada registro incluye una huella o hash encadenado que lo vincula con el anterior, de modo que cualquier alteración posterior resulta detectable de forma inmediata.

Además, las facturas deben incluir un código QR que permite al destinatario verificar su autenticidad directamente en la sede electrónica de la AEAT. Cuando el programa opera en modalidad VERI*FACTU, las facturas deben llevar la leyenda identificativa correspondiente, y el fabricante del software debe emitir una declaración responsable certificando que el programa cumple con todos los requisitos normativos.

Qué ocurre si no te adaptas a tiempo

Las consecuencias de incumplir son serias. El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria, introducido por la Ley 11/2021 contra el fraude fiscal, establece una multa de 50.000 euros por ejercicio para quien utilice un programa que no cumpla con los requisitos o que permita la manipulación de los registros contables. Para los fabricantes o distribuidores de software no conforme, la sanción puede alcanzar los 150.000 euros por ejercicio y por cada tipo de programa comercializado.

Estas cifras convierten la adaptación en una prioridad real, independientemente de que el plazo se haya ampliado. La buena noticia es que el nuevo horizonte de octubre de 2028 deja tiempo suficiente para hacer la transición con planificación y sin urgencias.

La conexión con la directiva europea ViDA

Hacienda ha avanzado que el proceso de adaptación técnica de VeriFactu también tendrá en cuenta los requisitos de la directiva europea ViDA (VAT in the Digital Age), que establece nuevos modelos de reporte digital e intercambio de información fiscal en toda la Unión Europea a partir de 2030. Esto significa que la digitalización de la facturación no es solo una exigencia española: es parte de una transformación estructural que afectará a todos los negocios europeos durante la próxima década.

Qué debes hacer ya para preparar la adaptación a VeriFactu

El inventario de sistemas como primer paso

El primer paso, y el más inmediato, es identificar todos los sistemas que emiten facturas en tu negocio: el programa principal, el TPV si lo tienes, la tienda online, cualquier herramienta de facturación recurrente o de gestión de proyectos con módulo de cobros. No es raro que una empresa utilice varios sistemas sin ser plenamente consciente de ello.

Una vez identificados, la tarea es preguntar a cada proveedor si su solución ya está adaptada a VeriFactu o cuándo tiene previsto estarlo. Los proveedores responsables ya están trabajando en ello y deberían poder darte una respuesta concreta sobre su hoja de ruta técnica.

Aprovechar el periodo de pruebas voluntario

Hasta que entre en vigor la obligación, los programas ya adaptados pueden funcionar y enviar registros a la AEAT de forma completamente voluntaria. Este periodo es una oportunidad valiosa para detectar posibles problemas técnicos con calma, sin la presión de un plazo inminente. Las empresas que aprovechan este margen llegan al momento de la obligación con sistemas probados y equipos formados.

Elegir un programa de facturación preparado para el futuro

Si todavía utilizas un sistema antiguo o que no ofrece garantías claras sobre su adaptación a VeriFactu, el aplazamiento es el momento ideal para evaluar alternativas. Un programa de facturación moderno no solo te prepara para VeriFactu, sino que también simplifica la contabilidad, el control de tesorería y la relación con clientes desde una única plataforma. La transición siempre es más sencilla cuando se hace con tiempo y con criterio.

Preguntas frecuentes sobre VeriFactu

¿Cuándo entra en vigor realmente VeriFactu?

El calendario legalmente vigente, fijado por el Real Decreto-ley 15/2025, establece el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos. Sin embargo, el Ministerio de Hacienda ha anunciado en octubre de 2026 que ambas fechas se desplazarán a octubre de 2028, pendiente de publicación formal en el BOE. Hasta que esa norma se publique, las fechas de 2027 siguen siendo las oficialmente vigentes.

¿Qué pasa si sigo usando mi programa de facturación actual?

Si tu programa actual no se adapta a VeriFactu antes del plazo, podrías enfrentarte a sanciones de hasta 50.000 euros por ejercicio. Lo recomendable es consultar a tu proveedor si ya tiene prevista la adaptación y en qué fecha. Si no ofrece garantías claras, es el momento de valorar un cambio de herramienta.

¿VeriFactu afecta a los autónomos en Canarias?

Sí. La AEAT ha confirmado expresamente que los contribuyentes con domicilio fiscal en Canarias están incluidos en el ámbito de aplicación de VeriFactu. Aunque en Canarias el impuesto indirecto sea el IGIC y no el IVA, lo relevante es tributar por Sociedades o IRPF con actividad económica y facturar con un programa informático. Donde la norma menciona IVA, se entiende aplicable el IGIC.

¿Es lo mismo VeriFactu que la factura electrónica obligatoria?

No. VeriFactu regula cómo debe funcionar internamente el programa de facturación para garantizar la integridad de los registros. La factura electrónica obligatoria, derivada de la Ley Crea y Crece, exige emitir y recibir facturas en formato estructurado entre empresas. Son dos obligaciones distintas, aunque el nuevo calendario las aproxima en el tiempo al coincidir en octubre de 2028 para pymes y autónomos.

Conclusión

VeriFactu representa un cambio estructural en la forma en que los programas de facturación deben operar en España, y el aplazamiento a octubre de 2028 no es una marcha atrás sino una oportunidad para hacer bien las cosas.

La normativa sigue vigente, los requisitos técnicos no cambian y las sanciones por incumplimiento son reales. Conocer cuándo entra en vigor, a quién afecta y qué exige la adaptación a VeriFactu es el primer paso para que tu negocio llegue al plazo sin improvisaciones. El tiempo que ganas ahora es exactamente el tiempo que necesitas para elegir un buen programa de facturación, adaptarte con calma y construir una base sólida para la digitalización fiscal de los próximos años.

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